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SCJN proyecta revocar amparo que protegía a Salinas Pliego de solicitud de la UIF sin orden judicial

SCJN proyecta revocar amparo que protegía a Salinas Pliego de solicitud de la UIF sin orden judicial

Ciudad De México, 09 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé votar el 10 de abril de 2026 la revocación de un amparo concedido al empresario Ricardo Benjamín Salinas Pliego.

El amparo protegía a Salinas Pliego contra una solicitud de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para obtener información financiera correspondiente a un periodo de 10 años, sin necesidad de orden judicial. La solicitud de información fue formulada por la UIF en 2021 mediante un oficio dirigido a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

El proyecto de resolución fue elaborado por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, quien explicó: “Tan es así que, de no llegarse a detectar conductas irregulares con motivo del análisis de la información solicitada, se dejarían las cosas en el estado en que se encontraban, y la persona investigada podría incluso no tener conocimiento de que se requirió su información”.

La UIF solicitó información financiera de 79 personas en diciembre de 2021, entre ellas Salinas Pliego, el exfiscal general Alejandro Gertz Manero, el expresidente Carlos Salinas de Gortari, el exdirector de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón de Lucio, y el exconsejero jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra. El punto de conexión entre los investigados fue, de manera presunta, su mención en los denominados Pandora Papers.

Salinas Pliego ya acumulaba una disputa con el fisco por el pago de 51 mil millones de pesos en impuestos correspondientes al periodo de 2008 a 2013. En agosto de 2022, un juez de Distrito concedió el amparo a Salinas Pliego. La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtió que la resolución de la SCJN afecta la confianza para invertir en México.

La Coparmex señaló que el bloqueo de cuentas sin control judicial previo debilita el Estado de derecho y afirmó: “Cuando el acceso a los recursos de personas y empresas puede restringirse sin controles judiciales previamente definidos, se abre un espacio de incertidumbre que impacta directamente en la estabilidad económica y contraviene lo establecido en el artículo 14 de nuestra Constitución y en diversos tratados internacionales que México ha ratificado”. Asimismo, indicaron: “La inversión depende de la certeza en el entorno institucional. Cuando una autoridad puede restringir recursos sin control judicial previo, se afecta la confianza de inversionistas nacionales e internacionales.”

La analista Denise Dresser advirtió que la decisión de la Suprema Corte de permitir a la UIF bloquear cuentas sin orden judicial representa una afectación profunda a derechos como la presunción de inocencia y la propiedad. El fallo fue impugnado tanto por la Presidencia de la República como por la propia UIF, y también por Salinas Pliego.

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