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Corte de Apelaciones de Nueva York revoca fallo que obligaba a Argentina a pagar más de 16,000 millones por YPF

Corte de Apelaciones de Nueva York revoca fallo que obligaba a Argentina a pagar más de 16,000 millones por YPF

Nueva York, 29 de marzo de 2026.- La Corte de Apelaciones de Nueva York revocó la sentencia de primera instancia que ordenaba a la República Argentina pagar más de 16,000 millones de dólares como compensación a accionistas minoritarios de YPF. El fallo, emitido el 27 de marzo de 2026, anula la decisión previa de la jueza Loretta Preska y devuelve el caso a la instancia inferior para que se realicen los procedimientos ulteriores conforme a la nueva opinión del tribunal.

La resolución judicial establece que la magistrada de distrito realizó una interpretación errónea de la legislación argentina al tratar los estatutos de YPF como si fueran un contrato bilateral. Según lo determinado por la Corte de Apelaciones, las demandas de los demandantes por daños por incumplimiento de contrato contra la República no son reconocibles bajo los códigos civiles de Argentina ni bajo el derecho público que rige la expropiación. Por este motivo, el tribunal revocó la decisión que otorgaba sentencia a favor de los accionistas sobre esos reclamos específicos.

El litigio tiene su origen en la expropiación del 51% de las acciones de YPF que pertenecían a la petrolera española Repsol, realizada en 2012 por el gobierno argentino. En ese mismo año, se concretó un acuerdo de compensación con Repsol por 5,000 millones de dólares. Los demandantes actuales, entre los que figuran Petersen Energía y Eton Park, patrocinados por el fondo Burford Capital, alegaron discriminación por no haber recibido la misma oferta que la empresa española durante el proceso de nacionalización.

La sentencia de 2023, ahora anulada, había considerado que el Estado argentino violó el estatuto de YPF al no ofrecer a todos los accionistas las mismas condiciones que a Repsol. Con la revocatoria de este fallo, la Corte de Apelaciones confirmó también la desestimación de los reclamos contra YPF y ratificó la sentencia dictada a favor de la empresa petrolera en la instancia anterior. El caso fue devuelto al tribunal de distrito para su continuación bajo los nuevos lineamientos establecidos por la cámara apeladora.

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