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SCJN invalida reglamento de Hermosillo que permitía ocupar viviendas privadas abandonadas

Hermosillo, 12 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos del Reglamento para Sustanciar y Emitir Declaratorias de Abandono y Posesión de Inmuebles Baldíos, Edificaciones y Viviendas de Hermosillo, que facultaban al municipio para ocupar viviendas privadas abandonadas con el fin de rentarlas a terceros o transferir derechos posesorios a inmobiliarias.

El pleno de la SCJN determinó por unanimidad que los municipios no tienen la atribución para tomar posesión ni disponer del uso o aprovechamiento de inmuebles privados, incluso si se encuentran en situación de abandono. La Corte precisó que la regulación sobre la posesión y uso de bienes privados es competencia exclusiva del Congreso estatal y no de las autoridades municipales.

Los artículos declarados inválidos fueron el 3, 8, 10, 11, 12 y 15 del ordenamiento local. El ministro ponente, Giovanni Figueroa Mejía, señaló que dichas normas rebasaban la potestad reglamentaria municipal e invadían competencias que corresponden al legislativo estatal.

A pesar de lo anterior, la SCJN validó otras normas contenidas en el mismo reglamento relacionadas con la posibilidad de emitir declaratorias de abandono de inmuebles. Durante la discusión, el ministro Hugo Aguilar Ortiz comentó: “Entiendo que tenemos límites, porque debemos actuar en función de lo que esté impugnado, pero sí llama la atención esta legislación que, en aras de la buena apariencia o la necesidad, se pueden ocupar bienes que estén ahí, durante cierto tiempo sin habitar, para uso público, dice, incluso, para cubrir necesidades de algunas otras personas”.

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