Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves 26 de marzo que la empresa Xcaret debe dejar de utilizar elementos de la cultura Maya en toda su publicidad mientras se resuelve el fondo del caso. La decisión, aprobada por siete votos a favor y dos en contra, revirtió una suspensión definitiva que previamente había permitido a la compañía continuar con el uso de dicha simbología.
La medida cautelar obliga a la empresa turística a retirar los contenidos publicitarios que contienen elementos del patrimonio cultural Maya de su circulación y exhibición, incluyendo su sitio web. El conflicto se originó tras una denuncia presentada ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) por cuatro personas que se ostentaron como Mayas, lo que derivó en órdenes administrativas para frenar el aprovechamiento comercial de estos símbolos.
Al defender el proyecto aprobado, la ministra María Estela Ríos González señaló que, aunque es positivo que las empresas realicen inversiones que beneficien a las comunidades, esto no las faculta para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación. La ponente argumentó que la protección del patrimonio ancestral tiene un mayor peso que el interés comercial privado en esta etapa del litigio.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel votó en contra del proyecto y manifestó su preocupación por la decisión, al estimar que se desconoce la voluntad del Gran Consejo Maya. Esta organización firmó un acuerdo comercial con Xcaret y presentó un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales apoyando el convenio. Esquivel argumentó que dicho acuerdo, que incluye una contraprestación económica, acredita la apariencia del buen derecho sin afectar a la colectividad.
La disputa legal evidencia una contradicción sobre quién representa legítimamente al pueblo Maya en este asunto: mientras el Indautor representa a los integrantes de la comunidad que presentaron la denuncia inicial, el Gran Consejo Maya sostiene la validez del contrato con la empresa. La SCJN consideró mayoritariamente que la autorización de un grupo específico no prevalece sobre la protección general del patrimonio cuando existe una controversia sobre su uso comercial.
